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El Registro Único de Víctimas, mucho más que cifras

Countries
Colombia
Sources
Govt. Colombia
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A partir de un proceso de depuración y análisis del Registro Único de Víctimas la Unidad para las Víctimas ha logrado reducir el número de personas sin identificación, actualizar las novedades de cada persona en el Registro Único de Víctimas (RUV), contar con información de los hechos y del número de eventos que le afectaron y detectar posibles fraudes en la información reportada.

El ejercicio permitió generar herramientas para focalizar efectivamente la respuesta del Estado a las necesidades de asistencia, atención y reparación de la población víctima, en el marco de la Ley 1448 de 2011. “El Registro Único de Víctimas es una herramienta técnico-administrativa para el reconocimiento y caracterización de las víctimas del conflicto armado que permite organizar la respuesta del Estado; pero también es un mecanismo de dignificación y memoria histórica a efecto del reconocimiento del conflicto armado.

Hoy el Estado conoce más a las víctimas”, aseguró Paula Gaviria, Directora de la Unidad para las Víctimas. Atendiendo a la depuración, se tiene un registro histórico de 7.201.034 de víctimas reconocidas, de las cuales solo 5.548.431 son consideradas sujetos de medidas de atención y reparación.

La diferencia entre las cifras responde a diversos factores, al hacer la depuración se encontró que un número considerable de víctimas fallecieron, por causas diferentes al conflicto armado, con posterioridad a su inclusión en el registro, mientras que otras víctimas solo acceden a medidas de asistencia y atención por consideraciones legales.

Por otro lado, en el RUV los registros de víctimas de homicidio y desaparición forzada contemplan tanto a las víctimas directas del hecho, como a sus familiares, lo que en la práctica aumenta las cifras, ya que las víctimas directas deben permanecer inscritas, porque estar en el registro también hace parte del reconocimiento de la condición de víctima y obedece a procesos de memoria histórica.

El afinar estas cifras permiten proyectar y definir mejor los costos que para el país va a tener la reparación de las víctimas, pues es el hogar en su conjunto quien recibe por concepto de reparación una suma global, independientemente del número de integrantes.

Adicionalmente, para una lectura de afectaciones directas, hay que señalar que en el Registro también hay inscritas personas nacidas en hogares afectados por el desplazamiento forzado, pero cuyo nacimiento es posterior a la ocurrencia del hecho victimizante (según lo dispuesto en el Auto 251 de 2008 de la Corte Constitucional); Esto significa que si bien son beneficiarios de atención, no fueron afectadas directamente por el hecho victimizante (condiciones de tiempo, modo y lugar), sino por los efectos del hecho sobre el hogar.

Finalmente, es importante destacar que la depuración del registro ha arrojado una serie de hallazgos sobre “falsas víctimas”. Anteriormente, la ley 387 que regulaba la prevención del desplazamiento forzado, su atención, protección, consolidación y estabilización socioeconómica, se presentaron 11083 casos de falsas víctimas que sobre-escribian sus datos en formularios ya diligenciados o simplemente se inscriban en el registro sin soportes sobre su situación de desplazamiento. A partir de la Ley 1448 se han presentado ante la Unidad para las Víctimas cerca de 4000 quejas, de las cuales 3500 (80%) tienen que ver con falsas víctimas.

Ante la Fiscalía se han instaurado 515 denuncias por falsas víctimas, siendo el departamento de Antioquia donde más se registra este tipo de actividades con cerca de 300 casos en proceso de investigación A pesar de estas alarmantes cifras sólo hay una persona en la ciudad de Ibagué excluida por sentencia judicial del Registro Único de Víctimas y actualmente hay una investigación penal en curso por hacerse pasar como víctima.

Asumir todos estos criterios y mandatos significa responder no sólo a la composición diferencial del registro, sino también a las características únicas de cada hecho victimizante, en virtud de fundamentos legales, constitucionales, y fácticos, una tarea en la que la Unidad ha puesto todos sus recursos técnicos y materiales para lograr efectivamente conocer mejor a las personas para quienes trabajamos.