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Las autoridades nicaragüenses deben restablecer el pleno goce de los derechos civiles y políticos, en especial la libertad de expresión, reunión pacífica y asociación: Expertos de la ONU y la CIDH

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Никарагуа
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IACHR
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GINEBRA (3 Octubre 2022) – El Estado de Nicaragua debe cumplir sus obligaciones internacionales de respeto y garantía de las libertades fundamentales, alertaron expertos de la Naciones Unidas (ONU) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En varias cartas (*) dirigidas al Gobierno nicaragüense desde la crisis de 2018, las y los expertos de la ONU aseguraron que la cancelación de la personalidad jurídica de cientos de asociaciones “representa un claro patrón de represión del espacio cívico” y expresaron preocupación sobre los atentados e intromisiones ilegítimas a la libertad de los medios de comunicación.

Frente al cierre y la cooptación gubernamental de los espacios cívicos y de participación democrática en Nicaragua, expertos de la ONU y la CIDH manifestaron su preocupación sobre las crecientes restricciones a las libertades fundamentales de expresión, reunión pacífica y asociación, llegando a un punto crítico. Los expertos llamaron a las autoridades nicaragüenses que cesen la represión del espacio cívico y garanticen el acceso a la justicia a las víctimas de violaciones de derechos humanos.

“El Estado de Nicaragua debe cesar inmediatamente la persecución judicial a todas las voces críticas, liberar a las personas presas por motivos políticos y garantizar una investigación rápida, imparcial y exhaustiva sobre las denuncias de violaciones de los derechos humanos, que asegure la rendición de cuentas de las personas responsables y la reparación efectiva de las víctimas,” dijeron los expertos.

Desde abril de 2018, Nicaragua adoptó una “estrategia de censura” y desarrolló y un “claro patrón de represión del espacio cívico” en contra las voces disidentes, incluidos periodistas, defensores de derechos humanos, actores de la sociedad civil, académicos, estudiantes, integrantes de la Iglesia Católica, partidos políticos y personas opositoras al gobierno.

En la declaración conjunta, los expertos exhortan al Estado de Nicaragua a “abstenerse de utilizar la ley de forma arbitraria y selectiva, y de aplicar prácticas gubernamentales abusivas, con el fin de obstaculizar o restringir la participación ciudadana y la libertad de expresión, reunión pacífica y asociación”.

Los expertos subrayaron que las restricciones a las libertades fundamentales no sólo suponen violaciones de los derechos humanos, sino que tienen un impacto humanitario.

“(L)a cifra de personas presas políticas se eleva a más de 200, muchas de las cuales se encuentran en condiciones de insalubridad, sin acceso a atención médica adecuada, sometidas a regímenes de confinamiento solitario e impedidos de recibir visitas de sus familiares, entre otros tratos crueles, inhumanos y degradantes”, dijeron los expertos.

Los expertos exhortan al Estado de Nicaragua a cumplir con los derechos fundamentales de todas las personas privadas de la libertad, a la vida y a ser tratadas con humanidad en respeto a la dignidad inherente a la persona humana.

Pidieron a la comunidad internacional “promover el cumplimiento de sus derechos y libertades fundamentales, y a tomar medidas de apoyo humanitario, acordes a la gravedad de las denuncias recibidas.”

Además, plantearon su preocupación por la persecución que están sufriendo varios actores de la sociedad civil nicaragüense que se ven obligados a huir y necesitan ayuda humanitaria “En virtud del derecho internacional de los derechos humanos, el derecho de los refugiados y del derecho internacional humanitario, los Estados están llamados a abrir sus fronteras y a garantizar la entrada de emergencia en su territorio a los actores de la sociedad civil que busquen protección internacional o demuestren necesidades humanitarias urgentes, incluyendo el reconocimiento del estatus de refugiado”, dijeron los expertos.

La declaración conjunta proporciona los pasos clave para promover y defender el restablecimiento de los derechos a la libertad de reunión pacífica, asociación y expresión de la sociedad nicaragüense y recuerda las recomendaciones destacadas anteriormente en la Declaración conjunta sobre la protección y el apoyo a la sociedad civil en riesgo y la Declaración Conjunta sobre la protección del derecho a la reunión pacífica en situaciones de emergencia.

FINALIZA

(*) Las cartas de alegación de titulares de los mandatos de Procedimientos Especiales están disponibles para el público 60 días después de ser enviada al Estado, en la siguiente base de datos: https://spcommreports.ohchr.org/

  • los expertos: Clément Voule, Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y asociación y Pedro Vaca Villarreal, Relator Especial de la CIDH para la Libertad de Expresión (CIDH).

Para más información y consultas, póngase en contacto con: Adam Azzi (adam.azzi@un.org) en la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, equipo del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la libertad de reunión pacífica y de asociación; Paula Roko (proko@oas.org) en la oficina del Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Los Relatores Especiales forman parte de los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes del sistema de derechos humanos de la ONU, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y supervisión establecidos por el Consejo para abordar situaciones específicas de países o cuestiones temáticas en todo el mundo. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Son independientes de cualquier gobierno y organización y actúan a título individual.

Para consultas de los medios de comunicación sobre otros expertos independientes de la ONU, póngase en contacto con Renato Rosario De Souza (correo electrónico: renato.rosariodesouza@un.org) o Dharisha Indraguptha (correo electrónico: dharisha.indraguptha@un.org)