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Conclusiones detalladas de la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela:Crímenes de lesa humanidad cometidos a través de los servicios de inteligencia del Estado (A/HRC/51/CRP.3)

Países
Venezuela
Fuentes
UN HRC
Fecha de publicación
Origen
Ver original

Consejo de Derechos Humanos
Quincuagésima primero periodo de sesiones
12 de septiembre 2022 a 7 de octubre 2022
Tema 4 de la agenda
Las situaciones de derechos humanos que requieren la atención del Consejo

Conclusiones detalladas de la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela
Crímenes de lesa humanidad cometidos a través de los servicios de inteligencia del Estado: estructuras y personas involucradas en la implementación de un plan para reprimir la oposición al gobierno

I. Introducción

A. Antecedentes y contexto

  1. En su resolución 42/25 del 27 de septiembre de 2019, el Consejo de Derechos Humanos estableció la Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela (en adelante “la Misión” y “Venezuela”, respectivamente). El 6 de octubre de 2020, el Consejo de Derechos Humanos prorrogó el mandato de la Misión por dos años más, hasta septiembre de 2022, mediante la resolución 45/20. La Misión presentó su primer informe al Consejo de Derechos Humanos el 15 de septiembre de 2020.1 Posteriormente, presentó un segundo informe el 16 de septiembre de 2021.2

  2. La Resolución 45/20 le permitió a la Misión seguir investigando violaciones graves de los derechos humanos, incluidas las ejecuciones extrajudiciales, las desapariciones forzadas, las detenciones arbitrarias, la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, y la violencia sexual y de género, desde 2014. Las expertas y el experto de la Misión son Marta Valiñas3 de Portugal (Presidenta), Francisco Cox4 de Chile y Patricia Tappatá5 de Argentina, quienes realizan su trabajo ad honorem.

  3. El Consejo de Derechos Humanos le pidió a la Misión que elaborara informes escritos con sus conclusiones para presentarlos al Consejo de Derechos Humanos durante el diálogo interactivo en su 51º período de sesiones.6 La Misión ha elaborado tres informes: el informe presentado al Consejo de Derechos Humanos A/HRC/51/43 y dos documentos de sesión ampliados. Entre estos se encuentra el presente informe, que se centra en el rol de los servicios de inteligencia del Estado en la comisión de detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, actos de tortura y otros tratos crueles e inhumanos, así como de violencia sexual y de género, contra opositoras y opositores del Gobierno y personas percibidas como tales.

  4. En su informe de 2020, la Misión llegó a la conclusión de que había motivos razonables para creer que las violaciones y los crímenes se habían cometido en Venezuela como parte de un ataque generalizado y sistemático dirigido contra la población civil, con conocimiento del ataque, de conformidad o para promover dos políticas estatales distintas: 1) una política para silenciar, desalentar y sofocar la oposición al Gobierno y 2) una política para combatir la delincuencia, que incluyó la eliminación de personas percibidas como “delincuentes”.7

  5. La Misión también identificó, principalmente, seis estructuras8 a las que pertenecían las personas implicadas en la comisión de delitos y violaciones, que se enmarcan en tres contextos.9 En cuanto al contexto de la represión política selectiva, la Misión encontró motivos razonables para creer que se utilizaron detenciones arbitrarias para atacar a personas en función de su afiliación y participación política, sus puntos de vista y sus opiniones y expresiones.10 Asimismo, se constató que varios detenidos también fueron víctimas de desapariciones forzadas de corta duración y de actos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, incluida la violencia sexual y de género.11

  6. En 2020, la Misión determinó que existían motivos razonables para creer que actores institucionales clave dentro del Ejecutivo, como las fuerzas de seguridad y los servicios de inteligencia, desempeñaron un rol en los arrestos y detenciones de opositoras y opositores al Gobierno, reales y percibidos como tales.12 En su informe de 2021, la Misión concluyó que tenía motivos razonables para creer que las y los actores fiscales y judiciales, en lugar de proporcionar protección a las víctimas de delitos y violaciones de derechos humanos, desempeñaron un rol importante en la represión del Estado contra la oposición al Gobierno, real o percibida.13

  7. Con respecto a los servicios de inteligencia del Estado, la Misión concluyó en 2020, con fundamentos razonables, que personas de distintos niveles institucionales y jerárquicos del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (en adelante “SEBIN”) y de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (en adelante “DGCIM”) tuvieron una participación esencial en la represión selectiva de personas opositoras al Gobierno y estuvieron involucradas en estas violaciones y delitos.14 Las conclusiones de la Misión sobre las contribuciones de estas personas se incluyeron en la sección de responsabilidad del informe de 2020.15

  8. El presente informe profundiza las determinaciones que efectuó la Misión en los informes de 2020 y 2021. En particular, se centra en el rol desempeñado por el SEBIN y la DGCIM como instituciones, y en el rol de las personas que ocuparon y ocupan diversos cargos dentro de las jerarquías de estos organismos en las violaciones y crímenes cometidos contra opositoras y opositores reales y percibidos del Gobierno. Este informe ahonda en el análisis de estas estructuras y la participación de personas que se encuentran en los diferentes niveles de las cadenas de mando e identifica roles y contribuciones adicionales, con miras a avanzar en la determinación de su responsabilidad. Un análisis más profundo de las estructuras, la dinámica, la toma de decisiones, el modus operandi y las funciones de personas específicas dentro de sus respectivos organismos también muestra al SEBIN y a la DGCIM como organizaciones propensas a ser dirigidas u orientadas hacia la comisión de violaciones y delitos.

  9. Los delitos y violaciones cometidos por integrantes de estas estructuras –que, como se señala en el informe de la Misión de 2020, equivalen a crímenes de lesa humanidad–16 fueron de especial crueldad y se cometieron contra personas particularmente indefensas por estar detenidas. Opositoras y opositores reales y percibidos al gobierno y sus familiares fueron sometidos a detenciones ilegales, seguidas de actos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes y de violencia sexual y de género mientras estaban detenidos, incluso a través de: fuertes golpes con bates y objetos punzantes; descargas eléctricas en partes sensibles del cuerpo; asfixia con sustancias tóxicas y agua; cortes y mutilaciones, incluso en la planta de los pies y debajo de las uñas; el uso de un dispositivo llamado “señorita”, para levantar y deformar los cuerpos y bajarlos a tanques de agua; violación con objetos; golpes y descargas eléctricas en los genitales; iluminación constante u oscuridad permanente; calor o frío extremos; alimentación forzada con heces y vómito; y amenazas de muerte y de violación a las víctimas y a sus familiares.

  10. Como se aclarará en este informe, las estructuras de la DGCIM y el SEBIN no han cambiado al día de hoy y las dinámicas y patrones de conducta que operan dentro de estos organismos, que son las que la Misión ya ha documentado anteriormente, también perduran hasta la fecha. La Misión demostrará, con fundamentos razonables para creer, que varias personas participaron en delitos y violaciones, y, por lo tanto, su responsabilidad merece una investigación más profunda. Casi todas estas personas, y en particular quienes detentaban puestos clave, continúan ocupando cargos en la DGCIM o el SEBIN. Varias de las personas involucradas han sido ascendidas dentro de las mismas estructuras, incluso tan recientemente como el 29 de Agosto de 2022.17 Quienes ya no trabajan para la DGCIM o el SEBIN han sido promovidos a otros puestos en organismos diferentes o se han retirado del servicio. No hay evidencia de que en la actualidad se estén llevando a cabo procedimientos domésticos contra ninguna de estas personas. El Gobierno no ha proporcionado información al respecto, a pesar de que la Misión envió varias solicitudes en forma de cartas oficiales a través de los canales diplomáticos pertinentes. Esto es incompatible con una intención genuina de ocuparse de la situación.

  11. La Misión no ha encontrado información que indique que las víctimas de los delitos y violaciones cometidas en los centros de detención El Helicoide del SEBIN (“Helicóide”) y La Boleíta de la DGCIM (“Boleíta”), documentadas en este informe y en el de 2020, hayan recibido reparaciones por los daños sufridos, sea mediante indemnización, restitución o rehabilitación. En consecuencia, el daño que sufrieron sigue sin repararse. Esto ha perpetuado una situación de falta de justicia y reparación. Ciertamente, los últimos periodos más álgidos de detenciones ilegales seguidas de tortura se registraron en 2019. Esto se debe a que, con el tiempo, debido a la brutalidad en la ejecución del plan, la disidencia política ha sido en gran medida reprimida. Esto sumado a los efectos de la pandemia del COVID-19 sobre la protesta generó, como resultado, una disminución general de las denuncias de este tipo de incidentes.

  12. Sin embargo, varios de los casos que se documentan a continuación se refieren a actos y conductas cometidas recientemente, durante el segundo semestre de 2021 y lo que va de 2022.18 Como la Misión señaló en la Actualización Oral realizada en marzo de 2022, si bien desde septiembre de 2021 se han hecho algunos avances en el traslado de personas fuera de los centros de detención del SEBIN y de la DGCIM, de acuerdo con un Decreto Presidencial del 17 de mayo de 2021, varias personas detenidas en casos que involucran a opositoras y opositores reales o percibidos del Gobierno no han sido trasladadas. Por ejemplo: Javier Tarazona, director de la ONG Fundaredes, fue detenido en julio de 2021 y continúa recluido en El Helicoide del SEBIN, donde ha sido sometido a torturas, incluso mediante tortura psicológica o tortura blanca.19 La Misión se comunicó con otro detenido, quien declaró haber sido sometido a torturas en la DGCIM Boleíta en el segundo semestre de 2021, e identificó a otras personas detenidas que sufrieron el mismo trato.20 Ello así, a pesar de que, a partir de finales de 2021, la gestión de los centros de detención del SEBIN y de la DGCIM en Caracas fue transferida al Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario.21