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Situación de la Convención sobre los Derechos del Niño: Informe del Secretario General (A/74/231)

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UN GA
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Resumen

El presente informe se centra en la aplicación de las cuestiones prioritarias que figuran en las resoluciones tituladas “Derechos del niño”, aprobadas por la Asamblea General en sus períodos de sesiones sexagésimo noveno a septuagésimo tercero. Incluye un examen de los avances y desafíos pendientes en relación con los esfuerzos que se realizan a nivel internacional y nacional para proteger a la infancia de la discriminación y superar las desigualdades, así como con el derecho a la educación, los niños migrantes y desplazados y el fin de la violencia contra la infancia.

I. Introducción

  1. En su resolución 73/155, la Asamblea General solicitó al Secretario General que en su septuagésimo cuarto período de sesiones le presentara un informe amplio sobre los derechos del niño que contuviese información relativa a la situación de la Convención sobre los Derechos del Niño, prestando especial atención a los niños privados del cuidado de sus padres. Los niños y la sociedad sufren graves consecuencias negativas cuando no hay cuidados parentales. Las familias pueden verse separadas por muchas razones, como los conflictos armados, los desastres naturales, la migración, la discriminación debido a la discapacidad y otros factores, incluida la nacionalidad, la etnia, el género, la orientación sexual, la condición de inmigrante, la pobreza y otros motivos socioeconómicos, así como las políticas y prácticas que no respaldan a las familias, no promueven la unidad familiar y no previenen las separaciones innecesarias. Los niños privados del cuidado parental tienen más probabilidades que otros de ser víctimas de violaciones de los derechos humanos, como exclusión, violencia, abusos, falta de cuidados y explotación.

  2. Si bien aún no hay datos completos y fiables sobre los niños privados del cuidado parental, los efectos nocivos del problema están cada vez más reconocidos, y los Estados Miembros están incrementando sus inversiones en reformar el sistema de cuidados a fin de ayudar a las familias, prevenir la separación familiar y recurrir con menor frecuencia al acogimiento alternativo residencial. No obstante, la adopción de un enfoque basado en los derechos humanos para solucionar la situación de los niños privados del cuidado parental sigue planteando muchas dificultades. La mayor vulnerabilidad de esos niños queda aún más patente con el hecho de que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible no haga referencia a ellos y a los problemas que afrontan ni contenga metas conexas.

II. Situación de la Convención y presentación de informes al respecto

  1. Al 1 de julio de 2019, todos los Estados Miembros, con la excepción de los Estados Unidos de América, habían ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño o se habían adherido a ella; 168 Estados habían ratificado el Protoc olo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados o se habían adherido a él; 176 Estados habían ratificado el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornogra fía o se habían adherido a él; y 44 Estados habían ratificado el Protocolo Facultativo relativo a un procedimiento de comunicaciones o se habían adherido a él.

  2. Durante el período que abarca el informe, el Comité de los Derechos del Niño celebró sus períodos de sesiones 79° a 81º. Al 1 de julio de 2019, el Comité había recibido los informes iniciales de todos los Estados partes salvo dos, y había examinado todos los informes iniciales presentados, salvo uno. En total, el Comité había recibido 551 informes presentados con arreglo al artículo 44 de la Convención; 117 informes y 2 informes periódicos con arreglo al Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados; y 116 informes y 2 informes periódicos con arreglo al Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.