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Amplían estado de emergencia en distritos de Arequipa Moquegua y San Martín por huaicos

Countries
Peru
Sources
Govt. Peru
Publication date
Origin
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El Ejecutivo prorrogó el estado de emergencia en varios distritos de las regiones Arequipa, Moquegua y San Martín, por los desastres y deslizamientos debido a las intensas lluvias, con la finalidad de continuar con la ejecución de acciones, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Esta ampliación tendrá una vigencia de 60 días en los distritos de Arequipa y San Martín, y de 45 días en los distritos de Moquegua, según establece un Decreto Supremo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.

En el caso de la región Arequipa están comprendidos en la declaratoria de emergencia 40 distritos: San Juan de Siguas, Tiabaya, Vítor, Mollebaya, Yura, Cerro Colorado, San Juan de Tarucani, Pocsi, Chiguata y Santa Isabel de Siguas (provincia de Arequipa); Andaray, Cayarani, Yanaquihua, Chichas e Iray (Condesuyos); Tipan, Orcopampa, Chachas, Viraco, Machaguay, Andagua, Chilcaymarca, Uñon y Ayo (Castilla).

Asimismo, Achoma, Sibayo y Tapay (Caylloma); Caravelí, Cahuacho y Huanuhuanu (Caravelí); Mariano Nicolás Valcárcel, Quilca y Ocoña (Camaná); Puyca, Quechualla,Toro, Pampamarca, Tauria, Cotahuasi y Sayla (La Unión).

Moquegua

En el caso de la región Moquegua, el estado de emergencia continuará en los distritos de Carumas y Torata (provincia de Mariscal Nieto), en los distritos de Chojata, Puquina, Lloque y Omate (General Sánchez Cerro), y en los distritos de Ilo, El Algarrobal y Pacocha (Ilo).

Esta medida tiene una vigencia de 45 días y empezará a regir desde el 13 de abril, precisa el Decreto Supremo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.

San Martín

El estado de emergencia seguirá, por un periodo de 60 días contados a partir del 14 de abril, en los distritos de Papaplaya, El Porvenir, Chazuta, Sauce, Chipurana (provincia de San Martín), así como en los distritos de San Cristóbal y San Hilarión (Picota), y en el distrito de Campanilla (Mariscal Cáceres).

En cada uno de las normas publicadas hoy se establece que los gobiernos regionales de Arequipa, Moquegua y San Martín, así como los gobiernos locales comprendidos en la medida, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) continuarán con la ejecución de las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas para atender el desastre.

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

n estas intervenciones participarán los ministerios de Salud; de Educación; de Agricultura y Riego; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Transportes y Comunicaciones; del Interior; de Defensa; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; de Desarrollo e Inclusión Social; de Trabajo y Promoción del Empleo; de la Producción; y de Energía y Minas.

El Decreto Supremo lleva la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo, y está refrendada por los titulares de los ministerios mencionados.