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Cooperación técnica y fomento de la capacidad para promover y proteger los derechos de todos los migrantes, en particular las mujeres, los niños, las personas de edad y las personas con discapacidad (A/HRC/31/80)

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Resumen

En el presente informe, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ofrece ejemplos del tipo de asistencia técnica y de servicios de asesoramiento prestados por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, de manera independiente o junto con otras entidades de las Naciones Unidas, para promover y proteger los derechos de los migrantes. El informe se basa en la investigación realizada por la Oficina sobre las experiencias nacionales y regionales, y destaca las metodologías, las buenas prácticas y las enseñanzas extraídas que ha recopilado la Oficina tanto sobre el terreno y como en la sede.

I. Introducción y metodología

  1. El presente informe se presenta en cumplimiento de la resolución 30/21 del Consejo de Derechos Humanos, donde este solicitó a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) que elaborara un informe sobre las actividades realizadas por la Oficina, otros organismos competentes de las Naciones Unidas y, cuando procediera, las organizaciones regionales para apoyar las iniciativas de los Estados encaminadas a promover y proteger los derechos de los migrantes en sus leyes, políticas y programas nacionales. También servirá de base para una mesa redonda temática que celebrará el Consejo en su 31er período de sesiones, en relación con el tema 10 de la agenda.

  2. En su resolución 30/21, el Consejo de Derechos Humanos reconoció las aportaciones culturales y económicas que hacen los migrantes a sus comunidades de origen y de destino y la necesidad de encontrar formas apropiadas de potenciar al máximo los beneficios para el desarrollo, de responder a los desafíos que plantea la migración en los países de origen, tránsito y destino, de promover un trato digno y humano con las salvaguardias que procedan y el acceso a los servicios básicos, y de fortalecer los mecanismos de cooperación internacional. Reconoció que los Estados tenían la responsabilidad de promover y proteger los derechos humanos de todas las personas, incluidos los migrantes en situación irregular, que se encontraran en su territorio y estuvieran sujetas a su jurisdicción, de conformidad con sus obligaciones internacionales de derechos humanos, y las responsabilidades compartidas de los países de origen, tránsito y destino de promover y proteger los derechos humanos de los migrantes y evitar aplicar enfoques que pudieran aumentar su vulnerabilidad, teniendo presente la necesidad de ocuparse de la situación y la vulnerabilidad especiales de las mujeres y las niñas migrantes. Además, expresó profunda preocupación por el número considerable y creciente de migrantes, especialmente mujeres y niños, algunos de ellos no acompañados o separados de sus padres, que se encontraban en una situación de vulnerabilidad al intentar cruzar fronteras internacionales, y reconoció la obligación de los Estados de respetar los derechos humanos de esos migrantes de conformidad con sus obligaciones internacionales de derechos humanos aplicables.

  3. El presente informe abarca el período comprendido entre 2010 y 2015, un plazo que se considera razonable para ofrecer resultados iniciales. El informe ilustra el tipo de trabajo que el ACNUDH lleva a cabo para promover el respeto de los derechos de los migrantes en respuesta a las solicitudes y expresiones de interés de varios Estados Miembros. En él se exponen las iniciativas y estrategias que han demostrado tener potencial para la promoción y protección de los derechos de los migrantes, y se destacan las metodologías, las buenas prácticas y las enseñanzas extraídas que ha recopilado el ACNUDH tanto sobre el terreno como en la sede. El informe se organiza en torno a los resultados pertinentes (los logros previstos) que el ACNUDH se ha fijado en el ámbito de la migración, e incluye una serie de iniciativas que ha tomado, en cooperación con otras entidades de las Naciones Unidas y con las organizaciones regionales.

  4. Una de las prioridades del ACNUDH desde hace mucho tiempo es la integración de las normas y principios de derechos humanos en la política migratoria y la adopción de un enfoque basado en los derechos humanos, en los planos nacional, regional e internacional. Antes de 2013, la protección de los derechos humanos en el contexto de la migración era una prioridad temática. En 2013, el Plan de Gestión del ACNUDH para el período 2014-2017 incorporó la migración en las seis prioridades temáticas a fin de conseguir una mejor integración de la labor sobre migración en todas las actividades del ACNUDH.

  5. En este informe se expone una selección de prácticas de cooperación técnica desarrolladas por el ACNUDH y otras entidades de las Naciones Unidas y organizaciones regionales que han demostrado ser eficaces y han contribuido de forma palpable a ayudar a los Estados a ajustar las políticas, estrategias y leyes nacionales a las normas y principios, las recomendaciones y los compromisos internacionales en materia de derechos humanos. A fin de facilitar los debates en el Consejo de Derechos Humanos, estas experiencias se han organizado con arreglo a los logros previstos del ACNUDH que son más pertinentes para los servicios de asesoramiento y cooperación técnica en la esfera de la migración, teniendo en cuenta las contribuciones recibidas de otras entidades de las Naciones Unidas y de las organizaciones regionales. Esta metodología ofrece una visión no exhaustiva de las prácticas representativas de los servicios de asesoramiento y cooperación técnica prestados en materia de derechos humanos.

  6. Por conducto de sus servicios de asesoramiento y cooperación técnica, las Naciones Unidas y las organizaciones regionales procuran ayudar a los Estados a garantizar que los garantes de derechos respeten sus obligaciones en materia de derechos humanos. Asimismo, respaldan la labor de los Estados encaminada a lograr que las leyes, políticas, programas e instituciones nacionales se ajusten a las normas internacionales de derechos humanos; a ratificar instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos y revisar reservas; a establecer sistemas de protección y mecanismos de rendición de cuentas nacionales y regionales eficaces y respetuosos de las normas a fin de vigilar, investigar y reparar las violaciones de los derechos humanos; y a crear o reforzar mecanismos que permitan a los titulares de derechos, en particular las mujeres y los grupos que son objeto de discriminación, reclamar sus derechos. En el plano internacional, el ACNUDH presta asistencia a los Estados en el cumplimiento de sus obligaciones apoyando su colaboración con los órganos y mecanismos internacionales de derechos humanos, en asociación con otras entidades de las Naciones Unidas y, cuando proceda, con las organizaciones regionales.

  7. Para elaborar este informe, el ACNUDH recopiló información sobre las experiencias vividas, las metodologías empleadas y las lecciones extraídas por el ACNUDH tanto en la sede como en las presencias sobre el terreno, incluidas sus oficinas regionales y nacionales, los componentes de derechos humanos de las misiones de paz de las Naciones Unidas, y los asesores de derechos humanos de los equipos de las Naciones Unidas en los países, que colaboran estrechamente con los gobiernos de los países anfitriones. Por conducto del Grupo Mundial sobre Migración, el ACNUDH solicitó también las contribuciones de otras entidades de las Naciones Unidas y de las organizaciones regionales. Se recibieron contribuciones del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres).